El
Consejo Regional de Loreto, es el órgano normativo y fiscalizador del
Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se
establecen en la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus
modificatorias y aquellas que sean delegadas.
Esta
integrado por dieciséis (16) consejeros, que representan a cada una de las
trece provincias, y los tres consejeros que representan a la población
perteneciente, a las comunidades nativas y pueblos originarios; todos ellos
elegidos en la Región Cajamarca, por voto directo en sufragio universal y de
acuerdo a Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones.
FUNCIONES:
FUNCIÓN
NORMATIVA:
Comprende
el debate y la aprobación de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo
Regional, así como su interpretación, modificación y derogación, en
concordancia con los procedimientos establecidos por la Ley N° 27867 – Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y el presente Reglamento.
Comprende asimismo el debate y aprobación de las modificaciones al Reglamento
Interno.
FUNCIÓN
FISCALIZADORA:
Alcanza
a la ejecución y desarrollo de la administración pública del Gobierno Regional
y sus dependencias; la realización de investigaciones, el debate y la
aprobación de acuerdos sobre los actos funcionales de las autoridades,
funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional Cajamarca; la
fiscalización de los actos de la administración Regional que desempeñan los
Consejeros Regionales es irrestricta, directa y no será condicionada a ningún
dispositivo que no sea el presente reglamento.
La
fiscalización sobre el uso y la disposición de bienes y recursos públicos; el
cumplimiento por parte del Presidente Regional del Plan de Desarrollo Regional
Concertado y del Presupuesto Participativo y cualquier asunto de interés
público regional.
Las
Funciones de Fiscalización las desempeña en forma individual, a través de las
Comisiones Ordinarias, Investigadoras, Especiales, o mediante acuerdos con lo
que dispone que la Administración Regional le informe sobre aquellos asuntos
que demandan su intervención.
FUNCIÓN
REPRESENTATIVA
El
Consejo Regional, representa a la Región Cajamarca. Los Consejeros Regionales
individualmente y según corresponda, representan a cada una de las siguientes
provincias: Cajamarca, Cajabamba, Celendín, Contumazá, Chota, Cutervo,
Hualgayoc, Jaén, Santa Cruz, San Miguel, San Marcos, San Pablo y San Ignacio.
ESTRUCTURA
ORGÁNICA:
El Consejo Regional se organiza de la
Siguiente manera:
- El Pleno
- La Presidencia del Consejo Regional.
- La Mesa Directiva
- Las Comisiones.
Ámbito
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Atribución del consejo regional
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Planificación del desarrollo y presupuesto
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- Aprobar,
modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y
materias de competencia y funciones del gobierno regional.
- Aprobar
el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo,
concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la
articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo
de Coordinación Regional.
- Aprobar
el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del
Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto
General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal.
- Aprobar
el Plan Regiona de Desarrollo de capacidades humanas y el programa de
desarrollo institucional.
- Aprobar
los estados financieros y presupuestarios.
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Promoción del desarrollo económico y la competitividadPromoción del
desarrollo económico y la competitividad
|
- Aprobar
el programa de promoción de inversiones y exportaciones regionales.
- Aprobar
el Plan de Competitividad Regional, los acuerdos de cooperación con
otros gobiernos regionales e integrar las estrategias de acciones macro
– regionales.
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Gestión y Control Institucional
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- Aprobar
su reglamento interno.
- Fijar
la remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de
los Consejeros.
- Declarar
la vacancia y suspensión del Presidente, Vicepresidente y los
Consejeros.
- Fiscalizar
la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional
y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto
de interés público regional.
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Gestión financiera y comercial
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- Autorizar,
conforme a Ley, las operaciones de crédito interno y externo incluidas
en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y solicitadas por el
Presidente Regional.
- Las
operaciones de crédito externo se sujetan a la Ley de Endeudamiento
Público.
- Proponer
la creación, modificación o supresión de tributos regionales o
exoneraciones, conforme a la Constitución y la Ley.
- Autorizar
la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del
Gobierno Regional.Aprobar la creación, venta, concesión o contratos,
disolución de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o
activos regionales, conforme a la Constitución y la Ley.
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Iniciativa legislativa
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- Proponer
ante el Congreso de la República las iniciativas legislativas en
materias y asuntos de su competencia.
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Participación ciudadana
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- Definir
la política permanente del fomento de la participación ciudadana.
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Política de frontera
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- Proponer
y desarrollar acciones de integración fronteriza de conformidad con los
Convenios y Tratados Internacionales, en acuerdo con el Ministerio de
Relaciones Exteriores.
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